La corte espera que usted pague todas las multas y los costos judiciales el día en que reciba su sentencia. Si no puede, puede establecer un plan de pago con la corte.
Si la corte le concede arreglos de pago y no, los puede pagar según lo ordenado, debe comparecer en la corte en la fecha de vencimiento del pago requerido y solicitor una extensión del juez.
Si no se presenta y no paga su saldo pendiente, los cargos originales seran reportados al DMV y su caso será transferido a una agencia de colección.
Puede presentar una moción en la que se ubiquen los registros de condena relacionados con su infracción municipal si la moción se presenta tres o más años después de la fecha de la disposición final y / o liberación de la supervisión con respecto a la condena penal (lo que ocurra más tarde) y usted no ha sido acusado o condenado por un delito grave, delito menor o delito menor de tráfico en los tres años o más desde esta fecha (disposición final y/o liberación de la supervisión con respecto a la condena penal) y los registros de condena que solicita que se sellen no son por un delito menor de tráfico cometido por un titular de un permiso de aprendizaje comercial o una licencia de conducir comercial. En la mayoría de los casos, también puede presentar su moción para sellar en la corte del Distrito. Usted es responsable de pagar la tarifa de presentación asociada con esta moción. Se puede encontrar información adicional sobre este proceso en §24-72-708 de los Estatutos Revisados de Colorado.
Si completó un acuerdo de desvío, o un juicio y sentencia diferidos, o si su caso fue desestimado, o si fue absuelto de todos los cargos en el caso, entonces puede presentar una moción para sellar su historial de justicia penal. Usted es responsable de pagar la tarifa de presentación de $ 65.00 a menos que la corte lo exima después de una determinación de indigencia. Se puede encontrar información adicional sobre este proceso en §24-72-705 del Estatuto Revisado de Colorado.
En la mayoría de los casos, dentro de los cuarenta y dos (42) días posteriores a la finalización de su sentencia o al cierre de su caso, la corte borrará automáticamente su registro. Si una persona física figuraba como víctima, la corte debe notificar al Fiscal de la Ciudad del cierre de su caso y el fiscal puede presentar una objeción a la eliminación dentro de los cuarenta y dos (42) días de este aviso.
Si se presenta una objeción, se programará una audiencia y se le notificará por correo (a su última dirección conocida) de la fecha y hora de la audiencia.
Tiene derecho a presentar evidencia por escrito a la corte antes de la audiencia, tiene derecho a presentar evidencia a la corte en persona en la audiencia y tiene derecho a no asistir a la audiencia. En una audiencia, la corte ordenará que se eliminen todos los registros del caso que estén bajo la custodia de la corte, y cualquier registro relacionado con el caso o cargos bajo la custodia de cualquier otra agencia, persona, empresa u organización, si ha completado con éxito la sentencia o el caso de la corte municipal se cierra, a menos que la Corte determine, mediante evidencia clara y convincente, que usted no ha sido rehabilitado y que la eliminación de antecedentes penales no es lo mejor para usted o para la comunidad. Si la corte dicta una orden denegando la eliminación de antecedentes penales, usted tendrá derecho a apelar ante la corte del Distrito y deberá renunciar a todos los honorarios relacionados con la apelación. Cuando se emite una orden de eliminación de antecedentes penales, la corte le enviará una copia de la orden a usted, a su último abogado registrado, al fiscal, a la agencia o agencias policiales que investigaron el caso, y a la Oficina de Investigaciones de Colorado dirigiendo a la entidad a borrar sus registros dentro de los treinta y cinco días posteriores a la recepción del pedido. Dentro de los siete (7) días posteriores a la finalización de su sentencia o el cierre de su caso, usted, su abogado o sus padres o tutores legales pueden proporcionar a la corte una lista de todos los custodios de la agencia que pueden tener la custodia de cualquier registros sujetos al proceso u orden de eliminación de antecedentes penales. Si la corte emite una orden de eliminación, se requiere que la corte también envíe una copia de la orden de eliminación a la agencia, persona, empresa u organización que usted proporcionó para indicarle a la entidad que elimine sus registros dentro de los treinta y cinco días. Se puede encontrar información adicional sobre este proceso en §13-10-115.5 de los Estatutos Revisados
Reconozco que he leído y entiendo este aviso de derechos y entiendo que al declararme culpable o nolo contendere a los cargos que estoy renunciando y que renuncio a todos los derechos establecidos en este formulario. Reconozco que también se me ha informado de mis derechos con respecto al sellado y / o eliminación de antecedentes penales. Si tiene alguna pregunta con respecto a la información o el proceso anterior, debe consultar a un asesor legal y no debe firmar el formulario.
Al firmar este formulario, doy mi consentimiento para que mi caso sea escuchado por un dispositivo audiovisual interactivo.
Escribir su nombre arriba constituye una firma legal mediante la cual confirma que la información provista en este formulario es verdadera y correcta según su leal saber y entender.
Si actualmente sirve en las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos o es un veterano de dichas fuerzas y desea obtener información sobre el tratamiento de salud mental, el tratamiento del trastorno por uso de sustancias u otros servicios disponibles para usted, comuníquese con el Tribunal Municipal de Castle Rock al 303-663-6123.
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